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domingo, 8 de enero de 2023

Taller de Inscripciones - Tutorial Grabado

 


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jueves, 21 de abril de 2022

¿En qué materias/cargos me puedo inscribir sólo con el título secundario?

 ATENCIÓN: Para algunas materias/cargos también es necesaria algún certificado de formación de dicha materia. Al final del post encuentran el archivo completo para ver todas las especificaciones (lo pueden descargar).

NIVEL INICIAL

A - B - JARDINES DE INFANTES INTEGRALES COMUNES, NUCLEADOS, MATERNALES y

·         MAESTRO CELADOR

·         MAESTRO CELADOR (Escuela de verano)

III CURRICULAR DE MATERIAS ESPECIALES

A EDUCACION INICIAL, PRIMARIA COMUN Y PRIMARIA ESPECIAL

  • ·    MAESTRO ESPECIAL DE EDUCACION MUSICAL

B CENTROS EDUCATIVOS COMPLEMENTARIOS y ESCUELAS DE MUSICA

  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: BAJO ELECTRICO
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: BANDONEON
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: BANDONEON
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: CLARINETE
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: CONJUNTO DE CAMARA
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: CONTRABAJO
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: CORO
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: DANZAS FOLKLORICAS
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: DANZAS FOLKLORICAS
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: EDUCACION VOCAL
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: FAGOT
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: FLAUTA DULCE
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: FLAUTA TRAVERSA
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: GUITARRA
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: HISTORIA DE LA MUSICA
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: INICIACION MUSICAL
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: INSTRUMENTOS AUTOCTONOS
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: LENGUAJE MUSICAL
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: METALES
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: OBOE
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: PERCUSION
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: PIANO
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: PIANO
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: SAXOFON
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: TECLADOS
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: TROMBON
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: TROMPETA
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: VIOLIN
  • · MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA: VIOLONCHELO
  • · MAESTRO ESPECIAL DE DANZAS FOLKLORICAS

IV EDUCACION DEL ADULTO Y DEL ADOLESCENTE

A ESCUELA O CENTRO EDUCATIVO NUCLEADO

  • ·         MAESTRO ESPECIAL DE ACCESORIOS DE LA MODA
  • ·         MAESTRO ESPECIAL DE BORDADO
  • ·         MAESTRO ESPECIAL DE COCINA
  • ·         MAESTRO ESPECIAL DE CORTE Y CONFECCION
  • ·         MAESTRO ESPECIAL DE COSMETOLOGIA
  • ·         MAESTRO ESPECIAL DE FOLKLORE
  • ·         MAESTRO ESPECIAL DE FRANCES
  • ·         MAESTRO ESPECIAL DE INGLES
  • ·         MAESTRO ESPECIAL DE LABORES
  • ·         MAESTRO ESPECIAL DE PELUQUERIA
  • ·         MAESTRO ESPECIAL DE TEATRO

 

B CENTROS EDUCATIVOS DE NIVEL SECUNDARIO (CENS)

  • ·         SECRETARIO
  • ·         INTERPRETE DE LENGUA DE SEÑAS
  • ·         PRECEPTOR
  • ·         PROFESOR DE ACTIVIDADES ESPECIALES (INGLES TECNICO)
  • ·         PROFESOR DE EDUCACION ESTETICA Y PRACTICA: - MUSICA

 

V DE LA EDUCACION MEDIA Y TECNICA

  • ·         PROFESOR DE TALLER DE EDUCACION ESTETICA: TEATRO
  • ·         PROFESOR DE CULTURA MUSICAL
  • ·         PROFESOR DE CULTURA MUSICAL Y ARTISTICA
  • ·         PROFESOR DE FRANCES
  • ·         PROFESOR DE INGLES
  • ·         PROFESOR DE LENGUA EXTRANJERA (FRANCES)
  • ·         PROFESOR DE TALLER DE MUSICA
  • ·         PROFESOR DE TEATRO
  • ·         PROSECRETARIO (Nivel medio)
  • ·         PRECEPTOR

Bx ESCUELAS DE ENSEÑANZA TECNICA (Planes NUEVOS)

  • ·         TALLER - ESP INDUSTRIA DE LA ORFEBRERIA 2015

VI MODALIDAD EDUCACION ESPECIAL

A ESCUELAS DOMICILIARIAS Y HOSPITALARIAS

  • ASISTENTE CELADOR PARA NIÑOS/AS Y JOVENES CON DISCAPACIDAD MOTORA

E - 1 EQUIPOS INTERDISCIPLINARIOS

  • AUXILIAR DOCENTE DE BRAILE
  • AUXILIAR PEDAGOGICO
  • AYUDANTE DE LENGUA DE SEÑAS
  • INTERPRETE DE LENGUA DE SEÑAS ARGENTINA
  • MAESTRO ESPECIAL DE BRAILE INTEGRAL

VII DE LA EDUCACION SUPERIOR

  • PRECEPTOR
  • PROFESOR DE APRECIACION MUSICAL
  • PROFESOR DE CULTURA MUSICAL
  • PROFESOR DE CULTURA MUSICAL Y ARTISTICA
  • PROFESOR DE EDUCACION ESTETICA:MUSICA
  • PROFESOR DE FRANCES
  • PROFESOR DE INGLES
  • PROSECRETARIO (Nivel medio)

 

A - 3 ESC. NORMALES SUPERIORES - NIVEL PRIMARIO - DEPARTAMENTO DE APLICAC

  • MAESTRO ESPECIAL DE EDUCACION MUSICAL (Educacion Superior)
  • MAESTRO ESPECIAL DE IDIOMA INGLES (Educacion Superior)
  • MAESTRO ESPECIAL DE MUSICA (Educacion Superior)

 

VIII DE LA EDUCACION ARTISTICA

  • ·         AYUDANTE DE CATEDRA - MUSICA
  • ·         PRECEPTOR
  • ·         PROFESOR DE APRECIACION MUSICAL
  • ·         PROFESOR DE ARMONIA
  • ·         PROFESOR DE CULTURA MUSICAL
  • ·         PROFESOR DE EDUCACION MUSICAL
  • ·         PROFESOR DE FRANCES
  • ·         PROFESOR DE INGLES
  • ·         PROFESOR DE INICIACION A LA MUSICA
  • ·         PROFESOR DE
  • ·         6361 INSTRUMENTOS AUTOCTONOS Y GUITARRA
  • ·         PROFESOR DE INSTRUMENTOS DIDACTICOS MUSICALES
  • ·         PROFESOR DE LENGUAJE MUSICAL - AUDIOPERCEPTIVA
  • ·         PROFESOR DE MUSICA
  • ·         PROFESOR DE ORGANIZACION DE CONCIERTOS
  • ·         PROFESOR DE TALLER DE ARTE (MUSICA)

 

X DE PROGRAMAS SOCIOEDUCATIVOS

C - 2 ALFABETIZACION PARA LA INCLUSION: PUENTES ESCOLARES

  • ·         TALLERISTA DE MUSICA

C - 4 ALFABETIZACION PARA LA INCLUSION: ACELERACION

  • ·         MAESTRO DE LA ESPECIALIDAD INGLES
  • ·         MAESTRO DE LA ESPECIALIDAD MUSICA

C - 4 ALFABETIZACION PARA LA INCLUSION: ACELERACION

  • ·         MAESTRO DE LA ESPECIALIDAD MUSICA

D CENTRO DE ACTIVIDADES INFANTILES Y JUVENILES

  • ·         MAESTRO DE LA ESPECIALIDAD MUSICA
  • ·         TALLERISTA EJECUCION INSTRUMENTAL: BAJO

D CENTRO DE ACTIVIDADES INFANTILES Y JUVENILES

  • ·         TALLERISTA EJECUCION INSTRUMENTAL: BAJO
  • ·         TALLERISTA EJECUCION INSTRUMENTAL: GUITARRA
  • ·         TALLERISTA EJECUCION INSTRUMENTAL: INSTRUMENTOS DE PUEBLOS ORIGINARIOS

G - 4 ACCIONES SOCIOEDUCATIVAS PARA LA INCLUSION: PROMOTORES DE EDUCACI

  • ·         ASISTENTE SOCIO-EDUCATIVO

G - 5 ACCIONES SOCIOEDUCATIVAS PARA LA INCLUSION: BECAS

  • ·         ASISTENTE SOCIO-EDUCATIVO

J - PRIMERA INFANCIA

  • ·         MAESTRO DE LA ESPECIALIDAD MUSICA

L- MEDIOS EN LA ESCUELA

  • ·         MAESTRO DE RADIO

M- PROGRAMA DE ALFABETIZACION, EDUCACION BASICA Y TRABAJO PARA JOVEN

  • ·         EDUCADOR DE ADULTOS: CAPACITADOR LABORAL - CERRAJERIA
  • ·         EDUCADOR DE ADULTOS: CAPACITADOR LABORAL - ESTETICA
  • ·         EDUCADOR DE ADULTOS: CAPACITADOR LABORAL -

N - 2 CONTEXTO DE ENCIERRO: NIVEL PRIMARIO

  • ·         MAESTRO DE LA ESPECIALIDAD EDUCACION MUSICAL

P- CENTRO DE ACTIVIDADES CULTURALES Y ORQUESTAS JUVENILES E INFANTILE

  • ·         AUXILIAR OPERATIVO ADMINISTRATIVO

P CENTRO DE ACTIVIDADES CULTURALES Y ORQUESTAS JUVENILES E INFANTILE

  • ·         AUXILIAR OPERATIVO DE INSTRUMENTOS
  • ·         LUTHIER
  • ·         ASISTENTE TECNICO/A PEDAGOGICO/A ARTES ESP MUSICA
  • ·         ASISTENTE TECNICO/A PEDAGOGICO/A ARTES GENERALISTA
  • ·         CAPACITADOR

R FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA ESCUELA MEDIA

  • ·         ASISTENTE
  • ·         AUXILIAR OPERATIVO
  • ·         ASISTENTE TECNICO/A PEDAGOGICO/A
  • Descargar archivo completo

 

lunes, 11 de abril de 2022

Traslado y Modelo de Nota

 ESTATUTO DOCENTE CAPÍTULO XIV DE LOS TRASLADOS

ARTÍCULO 31 (Modificado por el art.21 de la Ley 4109)

El personal docente titular podrá solicitar traslado:

a) Por razones de salud propia o del grupo familiar.

b) Por necesidad de integración del grupo familiar, surgida con posterioridad a la toma de posesión del cargo u horas de clase o razones de distancia.

c) Para concentrar áreas.

d) Por otras razones.

Las solicitudes serán evaluadas por la COREAP teniendo en cuenta los antecedentes del peticionante y las causales invocadas, fijando como orden de prioridad para el tratamiento de las solicitudes el establecido en los incisos a), b), c) y d) del presente artículo.

La resolución definitiva correrá por cuenta del Ministro de Educación.

El personal que se encuentre en condición pasiva por disminución o pérdida de sus aptitudes podrá solicitar traslado invocando las causales incluidas en el inciso a) al solo efecto de volver a la condición activa.

A este fin acompaña a su solicitud de traslado un informe de la Dirección Medicina del Trabajo en el que se recomienden las características de una nueva vacante de destino que permita el cambio de condición mencionado.

La causal d) se atenderá sólo cuando hubieran transcurrido DOS (2) años de real prestación de servicios en el cargo u horas de clase, desde la toma de posesión.

Los traslados se efectuarán en vacantes de igual jerarquía escalafonaria, denominación y especialidad, salvo que los interesados acepten rebajar de jerarquía.

Reglamentación del artículo 31 (Conforme Decreto 516/13)

I. Los traslados sólo podrán efectuarse dentro de la misma especialidad y Área de la Educación.

II. El personal directivo y los maestros de grado titulares de Escuelas de Jornada Simple que quieran acceder como titulares de Jornada Completa, sólo podrán hacerlo por traslado, de conformidad con lo preceptuado en el inciso d) de este artículo.

El personal directivo y los maestros de grado titulares de escuelas de Jornada Completa, que quieran acceder como titulares de Jornada Simple, sólo podrán hacerlo por traslado, previa renuncia a la diferencia presupuestaria de la Jornada Completa al momento de la toma de posesión en su 56 nueva ubicación.

Los docentes del Área Curricular de Materiales Especiales podrán acceder, por traslado, a un cargo de mayor o igual cantidad de horas que el que desempeñan como titulares o a un cargo de menor cantidad de horas, previa renuncia a la diferencia presupuestaria. No tendrán derecho al traslado los docentes que al 31 de diciembre del año en que se realice el concurso, se hallen en condiciones de obtener la jubilación ordinaria en su máximo porcentaje o se encuentren en período de permanencia.

III. De las solicitudes de traslado La solicitud se acompañará con las constancias que certifiquen la causal invocada en el pedido de traslado.

Las certificaciones extendidas por autoridades privadas solamente serán aceptadas en el caso que, por su índole no pudieran ser extendidas por autoridad oficial.

IV. La solicitud de traslado deberá realizarse en la página web habilitada para la inscripción con fecha tope al 30 de abril de cada año y la COREAP deberá expedirse antes del 30 de junio y elevará las actuaciones al Ministerio de Educación para el dictado de la Resolución respectiva.

V. Trámite inicial

Los docentes solicitarán el traslado en la página web habilitada para la inscripción con fecha tope al 30 de abril de cada año.

VI. Tratamiento por la COREAP

La COREAP considerará las solicitudes de traslado atendiendo para su tratamiento lo establecido en los incisos del Artículo 31 de la Ordenanza Nº 40.593.

La COREAP tomará la calificación de los solicitantes realizada de acuerdo con lo dispuesto en la reglamentación del Artículo 28 de la Ordenanza Nº 40.593 y elaborará un solo listado en el que figurarán por orden de mérito todos los inscriptos.

Este listado se confeccionará sin discriminación o posesión de títulos.

Cuando dos (2) o más docentes tuvieran igual orden de mérito, tendrá prioridad de elección el solicitante de mayor antigüedad en el desempeño de la tarea docente en el Área a la que pertenece.

De mantenerse el empate, la prioridad se determinará por sorteo. VII. Notificación Acordado el traslado, el docente será notificado por el Superior jerárquico antes del 30 de noviembre del mismo año.

A solicitud del interesado, cuando mediaren causales que la Superioridad considere justificadas, el traslado podrá quedar sin efecto siempre que el docente desista del mismo antes del día de elección de vacantes.

MODELO DE NOTA

Se hace en forma manuscrita y con tinta AZUL.

                                                    CABA a los…….del mes de………..del 20  . 

A la Dirección de Sistema de Clasificación Docente (CAD).

Motivo/ Solicitud de traslado.

 

                               La/El que suscribe………………...(apellido y nombre), FC……, CUIL………., Maestra/o de sección/grado, secretaria/Vice/Directora, Titular de la escuela N°……DE…..Turno……, presenta solicitud de traslado por causal……… 

A los efectos respectivos, se adjunta la siguiente documentación. (según causal)

______

                                                                                          Firma

                                                                                            Aclaración

                                                                                           Ficha Censal

                                                                                                 CUIL

lunes, 8 de octubre de 2018

Tramitación Cobro Adicional por Título

Según Resoluciones RESFC-2018-660-MEFGC, RESOL-2018-SSCDFTP y sus anexos que adjuntamos informamos lo siguiente:

Ya se encuentra disponible el módulo para tramitar el cobro del ADICIONAL POR TÍTULO para todo docente con cargo activo que acreditando título docente posea también TÍTULO DE GRADO UNIVERSITARIO o MAESTRÍA o DOCTORADO. Podrá acceder al INSTRUCTIVO haciendo clic en el siguiente enlace.


viernes, 15 de enero de 2016

¿Cómo saber qué materias puedo dar con mi título?

Mandar un e-mail a: comision.titulos@bue.edu.ar  haciendo la consulta correspondiente.

Comisión Permanente de Anexo de Títulos

Ellos podrán ofrecerte un informe detallado por áreas, indicando que materias y/o cargos puede ejercer con su título.