sábado, 14 de febrero de 2026

¿Qué hacer cuando no funciona la huella?

 Cuando no funcione el sistema de asistencia electrónico proceder según protocolo:


.." 1. Contingencia geral y/o masiva en el funcionamiento de los dispositivos electrónicos:  Se entenderá por contingencia general y/o masiva aquella situación en la que el sistema de dispositivos electrónicos instalados en la institución educativa no permita la autenticación de la asistencia del personal en su conjunto. Ante dicha situación el equipo de conducción del establecimiento deberá comunicar la situación a la Dirección General Planificación y Control Operativo  (DGPLYCO) al usuario  LEANDRO BIANCHI (LBIANCHIE)  y a la Dirección General Personal Docente y No Docente  (DGPDYND) al usuario  MARIANA FERREYRA (MARFERREYRA) , de manera conjunta, mediante un comunicado oficial cursado a través del módulo CCOO del SADE, dentro del plazo máximo de veinticuatro (24) horas hábiles. La DGPLYCO arbitrará los medios necesarios para restablecer el funcionamiento de los dispositivos. En caso de constatarse un daño originado por un uso distinto al previsto para los equipos homologados (registro de asistencia), se dará intervención al Ministerio de Educación a los fines de iniciar las actuaciones sumariales que correspondan, sin perjuicio de la eventual reposición del gasto y/o del dispositivo que pudiera corresponder.

 2. Imposibilidad individual de registro electrónico. En los casos excepcionales en que un agente no pueda registrar su asistencia mediante el dispositivo electrónico habilitado -ya sea por fallas del equipo, deficiencias en la lectura biométrica u otras circunstancias técnicas comprobables- deberá informar la situación de manera fehaciente e inmediata, remitiendo un correo electrónico a la casilla registrodigitaldeasistencia@buenosaires.gob.ar (o la que a futuro se comunique) y a la casilla asistencia.dgpdynd@bue.edu.ar, a fin de dejar constancia del impedimento y solicitar la asistencia necesaria. El correo electrónico deberá contener, como mínimo, los siguientes datos: a) nombre, apellido y CUIL del agente; b) fecha y hora de ingreso y egreso al establecimiento; c) descripción de la incidencia; d) constancia del medio excepcional utilizado, con firma del agente y de la autoridad.   a cargo; e) cualquier otro dato relevante. La resolución del caso contemplado en el presente apartado no podrá exceder las cuarenta y ocho (48) horas hábiles"