martes, 18 de enero de 2022

Toma de Cargos en APL por Resol.65L (Sin estar en listado)

 

¿Quiénes pueden inscribirse por Art. 65 L?


Si tenés un título y nunca te inscribiste para los listados en el Sistema de Clasificación Docente

El Art. 65 L puede permitirte acceder a cargos por Acto Público en línea si no hay postulantes por listado vigente.

Si te recibiste hace poco y ya contás con tu título definitivo o constancia de título en trámite, podés comenzar a postularte por Art. 65 L.


¿Terminaste la carrera?

Si ya contás con tu titulación finalizada o con constancia de título en trámite, además de inscribirte y postularte por Art. 65 L, no olvides también inscribirte también en Clasificación Docente para los próximos listados.


IMPORTANTE

La inscripción y postulación por Art. 65 L no reemplaza la inscripción a los listados.

Es una vía excepcional para la cobertura de cargos en el mientras tanto.


Si sos estudiante avanzado/a

De las carreras habilitadas por resolución por el Ministerio de Educación y cumplís con el porcentaje requerido de materias aprobadas у los requisitos establecidos.


Descarga el paso a paso